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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 328846
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 675
BEBIDAS ALCOHOLICAS, FUNCIONAMIENTO DE LOS EXPENDIOS DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 675
De conformidad con el artículo 22 del Reglamento sobre Expendios de Bebidas Alcohólicas, la policía goza de atribución para ejercer vigilancia sobre esos establecimientos y similares, como son los restaurantes con ventas de vinos, licores y cerveza, y por tanto, dicha autoridad administrativa es competente para impedir que tales giros permanezcan abiertos fuera del horario fijado en las licencias que amparan su funcionamiento.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 8475/39. Pérez García Ignacio. 13 de julio de 1940. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Rodolfo Asiáin no intervino en la votación de este asunto por las razones que constan en el acta del día. Relator: Agustín Gómez Campos.