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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 328854
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 783
PRUEBA TESTIMONIAL EN EL AMPARO.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 783
La prueba testimonial debe anunciarse cinco días antes del señalado para la celebración de la audiencia constitucional, y esos cinco días deben ser naturales y completos, sin incluir en ellos ni el día del anuncio de la prueba, ni el día de la audiencia, es decir, deben mediar cinco días hábiles, naturales y completos, entre el anuncio de la prueba testimonial y el en que debe tener lugar la audiencia constitucional.
Precedentes
Queja en materia administrativa 174/40. "Joaquín Engton y Compañía". 16 de julio de 1940. Mayoría de cuatro votos. Disidente: José María Truchuelo. Relator: Agustín Gómez Campos.