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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
328905
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 1316

AGUAS DE PROPIEDAD NACIONAL, COMPETENCIA DE LOS JUECES DE DISTRITO TRATANDOSE DE DECLARACIONES DE.

[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 1316

Precedentes

Tomo LXV, página 4679. Indice Alfabético. Competencia 61/40. Suscitada entre los Jueces de Distrito Segundo en Materia Administrativa del Distrito Federal y del Estado de Zacatecas. 29 de julio de 1940. Mayoría de cuatro votos. Disidente: José María Truchuelo. La publicación no menciona el nombre del ponente. Tomo LXV, página 1316. Competencia 60/40. Suscitada entre el Juez Segundo de Distrito, en Materia Administrativa en el Distrito Federal, y el Juez de Distrito en el Estado de Zacatecas. 29 de julio de 1940. Mayoría de cuatro votos. Disidente: José María Truchuelo. Relator: Abenamar Eboli Paniagua. Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985, Octava Parte, Común, página 146, tesis 93, de rubro "COMPETENCIA DE LOS JUECES DE DISTRITO EN MATERIA DE AMPARO.".
Registro digital (IUS): 328905