Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/328909
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
328909
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 1337

DIVISION TERRITORIAL, IMPROCEDENCIA DEL AMPARO TRATANDOSE DE CUESTIONES RELATIVAS A LA.

[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 1337

Precedentes

Amparo administrativo. Revisión del auto que desechó la demanda 3821/40. Corporación Municipal de la Villa de Aljojuca. 29 de julio de 1940. Unanimidad de cinco votos. Relator: Abenamar Eboli Paniagua.
Registro digital (IUS): 328909