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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 328943
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 1720
DECRETOS, DUDOSA CONSTITUCIONALIDAD DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 1720
Las autoridades locales están obligadas a cumplir con las prevenciones contenidas en los decretos expedidos por las Legislaturas de los Estados, mientras los mismos no sean invalidados legalmente, y por tanto, dichas autoridades no pueden dejar de cumplir un decreto, alegando que éste contraria lo dispuesto por la Constitución Política del Estado.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 2215/40. Vargas Benito. 6 de agosto de 1940. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Fernando López Cárdenas.