Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/328947
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 328947
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 1728
PROPIEDAD PARA LOS EFECTOS DEL AMPARO.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 1728
Si una sentencia de amparo se limita a declarar que el quejoso probó que es propietario de un bien, de esta declaración no debe inferirse que la misma implica la decisión sobre cuestiones de propiedad, toda vez que aunque no se exprese en la sentencia, debe sobreentenderse que la repetida declaración es solamente para los efectos del amparo, quedando a salvo los derechos de quien alegue esa propiedad, para que los ejercite en la vía y forma que correspondan, ante las autoridades del orden común.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 8757/38. Salles Berges Marcelo. 6 de agosto de 1940. Unanimidad de cinco votos. Relator: Fernando López Cárdenas.