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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 328949
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 1757
BAJA EN EL EJERCITO, POR TERMINACION DEL CONTRATO DE ENGANCHE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 1757
De lo dispuesto por el artículo 16 de la ley orgánica del Ejército Nacional, que establece que: "Los Soldados cumplidos podrán reengancharse voluntariamente, si el gobierno estima útiles sus servicios", se desprende que concluido el contrato de enganche, las autoridades respectivas están capacitadas para ordenar que los individuos de tropa, causen baja en el Ejército activo, sin tener la obligación de consultarles si desean seguir perteneciendo al Ejército, pues terminado el contrato de enganche, es suficiente que no estimen útiles sus servicios, para que no estén en el caso de reengancharlos.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1272/40. Gómez Hernández Alejandro. 7 de agosto de 1940. Unanimidad de cinco votos. Relator: Agustín Gómez Campos.