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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 328971
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 2079
TRIBUNAL FISCAL, NATURALEZA DE LAS SENTENCIAS DEL.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 2079
Si bien es cierto que las sentencias que pronuncia el Tribunal Fiscal de la Federación no son ejecutables en sí mismas, sino que tienen el carácter de declarativas, no es menos cierto que dichas sentencias pueden producir efectos de ejecución, puesto que al remover el obstáculo consistente en el juicio de oposición que impedía a la autoridad fiscal exigir el pago del crédito respectivo, dejan expedita la acción de dicha autoridad, para proceder en contra del deudor a hacerlo efectiva la suma que adeude.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 5760/38. Reyes Manuel. 13 de agosto de 1940. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.