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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 328977
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 2115
AGRAVIOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 2115
Los agravios que conforme a la ley deben hacerse valer en la revisión, consisten en los perjuicios que a las partes ocasionen las sentencias de los Jueces de Distrito, por el error o la ilegalidad de los fundamentos del fallo, o bien por inexacta apreciación de los hechos.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 4390/39. Feria Hernández Vicente. 14 de agosto de 1940. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.