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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 328980
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 2194
PAN, CLAUSURA DE EXPENDIOS DE, POR CARECER DE LICENCIA.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 2194
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 6o. del Reglamento de la industria del pan, de 15 de mayo de 1936, es necesaria la expedición de nueva licencia, al traspasar una negociación. En consecuencia, si un establecimiento comercial que fue objeto de un traspaso, continúa funcionando, pero ya no por cuenta de aquel a quien se concedió la licencia, es claro que al ordenar su clausura las autoridades respectivas, por no haber solicitado una nueva licencia el actual propietario, ajustan sus procedimientos a las disposiciones del reglamento antes mencionado, y por ende, debe negarse el amparo que contra la misma se solicite.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 6744/38. Curiel José G. 16 de agosto de 1940. Unanimidad de cinco votos. Relator: José M. Truchuelo.