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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
328998
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 2366

MOLINOS DE NIXTAMAL, AMPARO PROCEDENTE CONTRA LA APERTURA DE, CON VIOLACION DEL REQUISITO DE DISTANCIA.

[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 2366

Precedentes

Amparo administrativo. Revisión del auto que desechó la demanda 4212/40. Mier Higuera Pedro de. 19 de agosto de 1940. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Registro digital (IUS): 328998