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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 328999
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 2406
JUEGOS PERMITIDOS EN CHIHUAHUA, FUNCIONAMIENTO DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 2406
Para que puedan funcionar legalmente en el Estado de Chihuahua, según lo dispone el artículo 2o., del reglamento de juego en dicho Estado, los juegos permitidos por el artículo 1o., de dicho reglamento, es requisito indispensable que el presidente municipal expida la licencia respectiva; y por tanto, debe estimarse legal la multa que se imponga al propietario de un establecimiento en que funcione un Juez de tal naturaleza, sin la licencia correspondiente.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 3541/40. Meléndez Pablo. 20 de agosto de 1940. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.