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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 329034
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 2710
COOPERATIVAS, SUSPENSION CONTRA LA REPOSICION DE MIEMBROS DE, EN SUS TRABAJOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 2710
Debe negarse la suspensión que se solicite contra la reposición en sus trabajos de miembros de una sociedad cooperativa, pues tal acto no puede causar perjuicio de difícil reparación a dicha sociedad, ya que los socios seguirán prestando sus servicios personales a cambio de los anticipos que legalmente les correspondan, y en cambio, de no otorgarse el beneficio, se privaría a éstos de los elementos necesarios para su subsistencia.
Precedentes
Amparo administrativo. Suspensión del incidente de suspensión 4208/40. Sociedad Cooperativa Queretana de Talleres Familiares de Molinos para Nixtamal, S. C. L. 27 de agosto de 1940. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Agustín Gómez Campos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca, Tomo LXIV, página 1315, tesis de rubro "COOPERATIVAS, SUSPENSION CONTRA LA ORDEN DE REPOSICION DE SUS MIEMBROS Y PAGO A ESTOS, DE CIERTAS CANTIDADES.".