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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 329040
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 2738
PARCELAS EJIDALES, DERECHOS DE LOS ARRENDATARIOS DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 2738
El arrendatario de una parcela dada en dotación de ejidos, no tiene mas derechos que los que pueda conferirle el contrato de arrendamiento, y no puede estimarse que el mismo se encuentra en posesión jurídica, esto es, con ánimo de adquirir la propiedad de un lote de terreno que solamente se encuentra cultivando en forma precaria; por tanto, las órdenes giradas por las autoridades respectivas para que dicho arrendatario proceda a la inmediata desocupación de la parcela, por haberse cumplido el contrato de arrendamiento, no pueden perjudicar sus intereses jurídicos y, por lo mismo, debe sobreseerse el juicio de garantías que con tal motivo se solicite.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 2706/40. Avila Pascual. 28 de agosto de 1940. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Agustín Gómez Campos. La publicación no menciona el nombre del ponente.