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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 329081
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 3193
COOPERATIVAS, OPOSICION AL REGISTRO DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 3193
Así como no se puede tachar de inconstitucional un remate, por vicios propios del secuestro, cuando éste se ha consentido tácita o expresamente, de la misma manera, el registro de una cooperativa no puede jurídicamente combatirse aisladamente, por la ilegitimidad del acto del cual se deriva, esto es, de la autorización otorgada para el funcionamiento de la sociedad.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 7996/39. Sindicato de Obreros Panaderos y Similares de Tampico y Ciudad Madero, Tamaulipas. 5 de septiembre de 1940. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Eboli Paniagua, no asistió, por las razones que constan en el acta del día. Relator: Agustín Gómez Campos.