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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 329083
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 3193
COOPERATIVAS, REGISTRO DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 3193
De los artículos 18 y 19 de la Ley General de Sociedades Cooperativas, se desprende que el registro es una consecuencia legal y necesaria de la autorización para el funcionamiento de las cooperativas, y que no está subordinado a la satisfacción de requisito específico alguno.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 7996/39. Sindicato de Obreros Panaderos y Similares de Tampico y Ciudad Madero, Tamaulipas. 5 de septiembre de 1940. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Eboli Paniagua, no asistió, por las razones que constan en el acta del día. Relator: Agustín Gómez Campos.