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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 329098
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 3459
DEMANDA DE AMPARO, AMPLIACION DE LA.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 3459
No hay impedimento legal alguno, para reclamar en un escrito de ampliación de la demanda de amparo, nuevos actos que tuvieron lugar después de presentada ésta, si la litis contestatio no ha quedado establecida aún, porque las autoridades responsables no hayan rendido sus informes, y precisamente aquellos actos que no hubieren sido reclamados en la demanda original, pueden serlo en el escrito de ampliación, supuesto que éste tiene que comprender, como el propio significado de la palabra lo indica, actos distintos de los que fueron impugnados en el primer escrito.
Precedentes
Quejas acumuladas en amparos administrativos 136 al 165/40. Arroyo Saturnino y coagraviados. 11 de septiembre de 1940. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Abenamar Eboli Paniagua. Relator: José M. Truchuelo.