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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
329131
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 4030

MOLINOS DE NIXTAMAL, SUSPENSION CONTRA SU CLAUSURA, POR FALTA DE LICENCIA.

[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 4030

Precedentes

Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 4588/40. Vega Blancas Benito. 25 de septiembre de 1940. Unanimidad de cinco votos. Relator: Agustín Gómez Campos. Véase: Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca, Tomo LII, página 1440, tesis de rubro "MOLINOS DE NIXTAMAL, SUSPENSION TRATANDOSE DE CLAUSURA DE.".
Registro digital (IUS): 329131