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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 329133
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 4138
PROSTIBULOS, SUSPENSION CONTRA SU CLAUSURA.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 4138
Debe negarse la suspensión que solicite contra la determinación que prohibe el funcionamiento de los prostíbulos y contra la cancelación de las licencias respectivas, por no llenarse los requisitos establecidos por el artículo 124, fracción II, de la Ley de Amparo, pues la sociedad está vivamente interesada en la aplicación del reglamento que combate las enfermedades venéreas, y si dichas casas no se ajustan a ese reglamento, indiscutiblemente redundan en perjuicio de la salud general.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 3254/40. Robles Elvira y coagraviados. 27 septiembre de 1940. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Agustín Gómez Campos. La publicación no menciona el nombre del ponente.