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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 329142
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 4280
EXPROPIACION, UTILIDAD PUBLICA EN LA.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 4280
Aunque el gobernador de un Estado, al decretar la expropiación, se haya inspirado en sentimientos humanitarios y progresistas, tratando de solucionar el problema inquilinario, si en autos no queda plenamente justificada la causa de utilidad pública a que se refiere el artículo 27 constitucional, debe concederse el amparo que por este motivo se solicite, pues para que exista dicha utilidad pública, según el criterio sustentado por la Segunda Sala de la Suprema Corte, debe beneficiarse a la colectividad y acreditarse la imperiosa necesidad de la expropiación.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 11171/32. Compañía Terminal de Veracruz, S. A. 30 de septiembre de 1940. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.