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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 329187
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 4573
PANADERIAS, INDEBIDO CAMBIO DE UBICACION DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 4573
Comprobado que una persona trata de trasladar fraudulentamente un expendio de pan, al amparo de una licencia anterior de la que no había hecho uso, es indudable que, de acuerdo con el artículo 27 del Reglamento de la Industria del pan, de seis de junio de mil novecientos treinta y seis, la autoridad puede revocar legalmente la autorización de traslado concedida, y cancelar definitivamente la licencia.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 693/40. Reyna María Guadalupe. 7 de agosto de 1940. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Fernando López Cárdenas. Relator: Agustín Gómez Campos.