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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 329188
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 4577
IMPUESTO, AMPARO CONTRA EL PROCEDIMIENTO EN COBRO DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 4577
Cuando el acto que se reclama en amparo, se hace consistir expresamente en que la autoridad responsable sigue adelante un procedimiento de cobro, no obstante que está por resolverse por el Departamento del Impuesto sobre la Renta, si debe subsistir o no, la resolución de la Oficina Federal de Hacienda que exige el pago, y el acto está comprobado, debe concederse el amparo que contra él se pida, porque se infringe el artículo 204, parte final del Código Fiscal de la Federación, de 30 de diciembre de 1938, y por ende, las garantías consignadas en los artículos 14 y 16 constitucionales.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 3055/40. "Sucesores de Federico Zorrilla y Compañía". 14 de agosto de 1940. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Agustín Gómez Campos. Relator: José M. Truchuelo.