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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 329208
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIV; Pág. 222
COMERCIOS, SUSPENSION CONTRA LA ORDEN DE CLAUSURA DE, POR CARECER DE LICENCIA.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIV; Pág. 222
El beneficio de la suspensión no puede concederse para el efecto de amparar el funcionamiento de establecimientos comerciales que carecen de licencia, porque la sociedad está interesada en que funcionen de acuerdo con los reglamentos del caso, sobre todo, cuando se trata de expendios de artículos de primera necesidad.
Precedentes
Tomo LXIV, página 3857. Indice Alfabético. Incidente de suspensión 697/40. Madaldi Fernández Adolfo. 8 de mayo de 1940. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo LXIV, página 222. Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 1052/39. Hernández Rodríguez María. 3 de abril de 1940. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.