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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 329213
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIV; Pág. 325
ZONAS FEDERALES, AMPARO CONTRA LA DELIMITACION DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIV; Pág. 325
Si se está formando artificialmente un nuevo cauce de un río declarado federal, y son precisos los estudios correspondientes para señalar la anchura definitiva del nuevo cauce, y para fijar su limitación, la resolución de las autoridades subalternas que recaiga a esos estudios, indiscutiblemente tiene el carácter de provisional, y por tanto, contra la misma es improcedente el juicio de amparo.
Precedentes
Tomo LXIV, página 4232. Indice Alfabético. Amparo en revisión 3230/39. Cortés Guillén Jesús. 5 de abril de 1940. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Agustín Gómez Campos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo LXIV, página 325. Amparo administrativo en revisión 3226/39. Olvera de Gómez María Dolores. 5 de abril de 1940. Mayoría de cuatro votos. Relator y disidente: Agustín Gómez Campos.