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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
329221
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIV; Pág. 545

EJIDOS, AMPARO EN CASO DE.

[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIV; Pág. 545

Precedentes

Tomo LXIV, página 3920. Indice Alfabético. Improcedencia 7707/39. González Fructuoso G. y coagraviado. 22 de abril de 1940. Mayoría de tres votos. Disidentes: Agustín Gómez Campos y Fernando López Cárdenas. La publicación no menciona el nombre del ponente. Tomo LXIV, página 545. Amparo administrativo. Revisión del auto que desechó la demanda 8380/39. Castillo Macedonio. 8 de abril de 1940. Mayoría de tres votos. Ausente: Fernando López Cárdenas. Disidente: Abenamar Eboli Paniagua. Relator: José María Truchuelo. Tomo LXIII, página 4513. Indice Alfabético. Improcedencia 311/40. Zesati Roberto E. 19 de febrero de 1940. Mayoría de tres votos. Ausente: Rodolfo Asiáin. Disidente: Agustín Gómez Campos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Tomo LXIII, página 677. Amparo administrativo. Revisión del auto que desechó la demanda 6570/39. Ramírez Pedro. 22 de enero de 1940. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Agustín Gómez Campos. Relator: Fernando López Cárdenas.
Registro digital (IUS): 329221