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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 329257
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIV; Pág. 1112
PAVIMENTACION EN VERACRUZ, AUTORIDADES COMPETENTES PARA LLEVAR A CABO LAS OBRAS DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIV; Pág. 1112
El artículo 3o. de la Ley número 131 concede a los Ayuntamientos del Estado de Veracruz, facultades para llevar a cabo las obras de pavimentación, y cobrar a los propietarios la cuota proporcional que por las mismas les corresponda, y aunque el artículo 1o. de la Ley número 112, previene que dichos Ayuntamientos deben presentar al Ejecutivo del Estado, un plan de obras públicas o mejoras materiales, entre las cuales se cuenta la pavimentación, no hay razón legal alguna para suponer que el incumplimiento de esa obligación, por parte de las autoridades municipales, implique que el Gobierno del Estado pueda suplir a éstas, puesto que el mencionado artículo 1o. consigna que su falta de cumplimiento será motivo de responsabilidad, que se exigirá en cada caso a las autoridades negligentes.
Precedentes
Tomo LXIV, página 4086. Indice Alfabético. Amparo en revisión 8060/39. Portilla Antonio y coagraviados. 18 de junio de 1940. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo LXIV, página 4086. Indice Alfabético. Amparo en revisión 8281/39. Arellano Angel y coagraviados. 13 de junio de 1940. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Abenamar Eboli Paniagua.
Tomo LXIV, página 4086. Indice Alfabético. Amparo en revisión 6947/39. Rodríguez Gustavo A. y coagraviados. 2 de mayo de 1940. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Fernando López Cárdenas. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo LXIV, página 1112. Amparo administrativo en revisión 8845/39. Aparicio de Pardo Sofía. 17 de abril de 1940. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Fernando López Cárdenas. Relator: Agustín Gómez Campos.