Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/329263
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 329263
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIV; Pág. 1244
BEBIDAS EMBRIAGANTES, SUSPENSION CONTRA LA ORDEN DE CLAUSURA DE LOS EXPENDIOS DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIV; Pág. 1244
Es improcedente conceder la suspensión contra la orden de clausura de un expendio de bebidas embriagantes, fundada en que el mismo no reúne el requisito de distancia que, para su ubicación, establece el reglamento respectivo, en relación con los centros a que dicho reglamento se refiere, pues el propio ordenamiento es de orden público, y en su cumplimiento está interesada la sociedad.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 4141/39. Barro Mellada Antonio. 18 de abril de 1940. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Fernando López Cárdenas. La publicación no menciona el nombre del ponente.