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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
329278
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIV; Pág. 1622

EJIDOS, DEBE CONCEDERSE EL AMPARO CONTRA LA EJECUCION INDEBIDA DE RESOLUCIONES PRESIDENCIALES EN MATERIA DE.

[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIV; Pág. 1622

Precedentes

Amparo administrativo en revisión 3529/39. Vega Almada José de la. 27 de abril de 1940. Mayoría de tres votos. El Ministro Fernando López Cárdenas, no asistió, por las razones que constan en el acta del día. Disidente: Agustín Gómez Campos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Registro digital (IUS): 329278