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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 329283
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIV; Pág. 1805
ALIJADORES Y ESTIBADORES, FINALIDAD DE LAS TARIFAS FIJADAS A LOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIV; Pág. 1805
Las tarifas asignadas a los alijadores y estibadores en los servicios que realizan, tienen por finalidad mantener en un estado de firmeza, la base de las transacciones mercantiles, toda vez que se puede calcular fácilmente por la publicación de ellas, el importe de los gastos que originen determinadas mercancías; lo que influye no sólo en los cálculos que deben hacer los que se dedican a alguna rama del comercio, sino que fija en general una base segura para calcular el monto de una mercancía, teniendo en cuenta esas maniobras indispensables para hacerla llegar a su destino. En consecuencia, no debe permitirse el aumento arbitrario e indefinido de esas tarifas, sin consideración al interés general ni al perjuicio que indirectamente sufriría el público, pues en tales condiciones, dichos servicios no se prestarían en provecho del pueblo, sino en beneficio de determinadas partes contratantes que podrían desequilibrar el estado económico del país, en una de sus ramas, de gran trascendencia para la economía.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 6270/39. Sindicato Industrial de Trabajadores del Alijo, Estiba, Cargaduría y Similares en los Puertos y Zonas Marítimas Federales y Fronterizas y Fluviales de la República Mexicana. 30 de abril de 1940. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Fernando López Cárdenas. Relator: José María Truchuelo.