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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 329291
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIV; Pág. 1935
PATENTES DE INVENCION, PRUEBA DE LA INVASION DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIV; Pág. 1935
Si se reclama en amparo la sentencia de un Magistrado de Circuito, por la cual se declaró que la patente del quejoso no ha sido invadida, en razón de que tal sentencia es incongruente, puesto que se apoya en el estudio de cuestiones no aducidas por las partes, además de que no está fundada en ningún elemento probatorio, pero consta que el actor no adujo prueba alguna que viniera a demostrar la pretendida invasión, debe estimarse que la resolución impugnada no pudo causar perjuicios al quejoso.
Precedentes
Amparo administrativo directo 3597/39. Isla Kennedy Guillermo. 2 de mayo de 1940. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Fernando López Cárdenas. Relator: José María Truchuelo.