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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 329303
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIV; Pág. 2205
BEBIDAS EMBRIAGANTES, CLAUSURA DE LOS EXPENDIOS DE, POR CARECER DE LICENCIA.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIV; Pág. 2205
Es legal la orden de clausura de los expendios de bebidas embriagantes que carezcan de licencia, pues los artículos 11 de la Ley de Ingresos que reformó el 189 de la Ley de Hacienda para el Distrito Federal, y 7o. del Reglamento de Expendios de Bebidas Alcohólicas, exigen tal licencia, y el 24 del reglamento mencionado, sanciona la falta de la misma, con la clausura del expendio.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 9155/38. Fernández Domínguez Felisa. 7 de mayo de 1940. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Agustín Gómez Campos.