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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 329320
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIV; Pág. 2359
CIRCULARES.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIV; Pág. 2359
No puede tener validez ninguna circular que se expida modificando las leyes o sustituyendo sus preceptos por acuerdos administrativos, ni modificar la esencia o estipulaciones de los contratos.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 8196/39. Sainz de Campillo María Elena. 11 de mayo de 1940. Unanimidad de cinco votos. Relator: José María Truchuelo.