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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 329379
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIV; Pág. 3155
PERSONA EXTRAÑA A LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIV; Pág. 3155
El afectado en sus propiedades, posesiones o derechos por un acto administrativo, respecto del cual es tercero, no necesita agotar previamente al amparo, el recurso de tercería consignado en las leyes ordinarias, en razón en que en tal caso se le privan de sus bienes en un procedimiento al que es ajeno, causándosele con ello una lesión en sus intereses, con manifiesta violación de las garantías que le otorga el artículo 14 constitucional.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del auto que desechó la demanda 1538/40. Cruz Flores César y coagraviados. 17 de junio de 1940. Unanimidad de cinco votos. Relator: Agustín Gómez Campos.