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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 329388
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIV; Pág. 3215
FACULTAD ECONOMICOCOACTIVA EN ESTADO DE PUEBLA.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIV; Pág. 3215
En virtud de que conforme al artículo 20, incisos 2o. y 3o., de la Ley sobre la Facultad Económicocoactiva, del Estado de Puebla, las autoridades fiscales están obligadas a seguir el procedimiento de coacción para hacer efectivo un impuesto por contribuciones, contra la persona cuyo nombre está registrado el predio, no puede decirse que por no haber instaurado dicho procedimiento contra el que se dice poseedor del mismo, hayan afectado los intereses jurídicos de éste.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 6926/39. Moreno Manuel. 18 de junio de 1940. Mayoría de cuatro votos. Disidente y Relator: Agustín Gómez Campos.