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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 329426
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIV; Pág. 3621
LEY FORESTAL, RECURSO CONTRA MULTAS POR INFRACCIONES A LA.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIV; Pág. 3621
Si se reclama en el amparo la imposición de un multa por infracciones a la Ley Forestal, aquél es improcedente, si no se agotó, previamente a su interposición, el recurso de reconsideración que establece el artículo 136, reformado, del Reglamento de la Ley Forestal, contra las resoluciones definitivas dictadas con motivo de esas infracciones, siempre que se deposite o afiance previamente el importe de la multa, cuya aplicación se reclame; recurso que no exige, en cuanto a la suspensión, mayores requisitos que los que la Ley de Amparo consigna, para conceder la suspensión definitiva en materia de multas, impuestos u otros pagos fiscales.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 949/40. Bazán Severino. 28 de junio de 1940. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Fernando López Cárdenas.