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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 329528
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIII; Pág. 1431
EJIDOS, SUSPENSION EN CASO DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIII; Pág. 1431
Debe negarse la suspensión contra la aplicación de las leyes agrarias, por no surtirse los requisitos establecidos en el artículo 124 de la Ley de Amparo, ya que existe interés general en la pronta resolución del problema agrario.
Precedentes
Tomo LXIII, página 4516. Indice Alfabético. Incidente de suspensión 8855/39. Rivas Manuel. 9 de marzo de 1940. Mayoría de cuatro votos. Disidente: José M. Truchuelo. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo LXIII, página 4516. Indice Alfabético. Incidente de suspensión 6406/39. Zamora de González Dolores. 9 de marzo de 1940. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo LXIII, página 1431. Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 8480/39. F. Martínez Paredes e Hijos, S. C. 7 de febrero de 1940. Mayoría de tres votos. Ausente: Rodolfo Asiáin. Disidente: José María Truchuelo. La publicación no menciona el nombre del ponente.