Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/329531
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 329531
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIII; Pág. 1459
AYUNTAMIENTOS, SUSPENSION EN CASO DE DEPOSICION DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIII; Pág. 1459
Si se reclama en amparo, del gobernador de un Estado, el haber depuesto a los miembros de un Ayuntamiento, nombrando en su lugar a una junta de administración civil, y del informe rendido aparece que los miembros de ella ya tomaron posesión de sus puestos en el recinto municipal, la suspensión debe negarse por tratarse de actos consumados.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 607/39. Gutiérrez Antonio y coags. 8 de febrero de 1940. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Rodolfo Asiáin. La publicación no menciona el nombre del ponente.