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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 329561
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIII; Pág. 2223
IMPUESTO, ADJUDICACION A LA HACIENDA PUBLICA, DE LOS BIENES EMBARGADOS, PARA HACER EFECTIVAS EL PAGO DE (LEGISLACION DE TAMAULIPAS).
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIII; Pág. 2223
Si el quejoso reclama en el amparo el acto consistente en la adjudicación a la hacienda pública, de los bienes que le fueren embargados, para hacer efectivo el pago de impuesto que adeudaba, debe estimarse que el amparo es procedente, sólo en el caso de que dicha adjudicación ya hubiese sido aprobada por Ejecutivo, pues de lo contrario, el acto reclamado no tendría el carácter de definitivo, ya que es revisable de oficio de acuerdo en lo dispuesto por el artículo 195 de la ley económico coactiva de Tamaulipas.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 7509/39. Ramos Basilio. 23 de febrero de 1940. Unanimidad de cinco votos. Relator: José María Truchuelo.