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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 329583
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIII; Pág. 2769
EXPROPIACION Y OCUPACION TEMPORAL, CONSTITUYEN ACTOS JURIDICAMENTE DIVERSOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIII; Pág. 2769
Si se reclamó en un amparo la expropiación de una finca y se promueve diverso juicio de garantías contra la ocupación temporal de la misma, no debe desecharse la demanda, si no consta que en el acuerdo expropiatorio se ordenó la ocupación de la propia finca, pues dicha ocupación y expropiación, constituyen actos jurídicamente diversos, ya que aquélla implica la transmisión del derecho de propiedad, en tanto que la última significa tan sólo una perturbación en la posesión.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del auto que desechó la demanda 8936/39. Braun Enrique. 4 de marzo de 1940. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Fernando López Cárdenas.