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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 329614
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIII; Pág. 3434
PERSONALIDAD EN EL AMPARO, OPORTUNIDAD PARA ACREDITARLA.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIII; Pág. 3434
Si el que promueve un amparo, justifica su personalidad después de algunos días de presentada la demanda, pero acatando lo mandado por el Juez de Distrito y esa personalidad no es objetada, la tardía comprobación no es motivo para considerar el acto reclamado como consentido.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 4841/39. Comisariado Ejidal del Tezoncualpa, Hidalgo. 15 de marzo de 1940. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Abenamar Eboli Paniagua. Relator: José María Truchuelo.