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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 329621
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIII; Pág. 3905
AGUAS, SUSPENSION CONTRA EL COBRO DE DERECHOS POR SERVICIO DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIII; Pág. 3905
Si el quejoso alega estar en posesión de una toma de agua, de la cual ha disfrutado gratuitamente, por concesión que le fue hecha, y solicita la suspensión contra el acto consistente en la orden para suspender el servicio de aguas, si no paga los derechos que se le cobran, para el efecto de que ese servicio continúe, sin tener que pagar cuota alguna, procede conceder la suspensión en las términos del artículo 135 de la Ley de Amparo, mediante depósito de las cantidades que se le cobran, sin perjuicio de lo que se resuelva al fallar el juicio, en cuanto al fondo.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 660/40. Olivares Amado. 25 de marzo de 1940. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Abenamar Eboli Paniagua. Relator: José María Truchuelo.