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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 329649
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIII; Pág. 4256
EMPLAZAMIENTO, EFECTOS DE LA FALTA. DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIII; Pág. 4256
Si el auto judicial de un juicio fiscal, no es objeto de notificación, la que se haga respecto de autos posteriores, no subsana la violación cometida, al dejar de emplazar al agraviado, dado que en tales condiciones se le priva, una vez avanzado el estado del juicio, de la
oportunidad para oponerse al cobro que se le haga, con las excepciones y defensas a su alcance.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 8511/39. Mata González Emilio. 30 de marzo de 1940. Unanimidad de cinco votos. Relator: Fernando López Cárdenas.