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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 329653
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIII; Pág. 4268
INFORME JUSTIFICADO.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIII; Pág. 4268
Si la autoridad responsable no rinde ese informe, el acto reclamado debe tenerse por cierto, aun cuando haya rendido el informe previo y manifestado que, como informe con justificación, reproducía el previo, si no hizo esa reproducción ni obra en el expediente principal, original, dicho informe previo ni compulsa del mismo.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 4806/39. Aguilar María Dolores. 30 de marzo de 1940. Unanimidad de cinco votos. Relator: Fernando López Cárdenas.