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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 329680
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXII; Pág. 172
AUTORIDADES RESPONSABLES EN EL AMPARO, ESTAN OBLIGADAS A JUSTIFICAR SUS PROCEDIMIENTOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXII; Pág. 172
El artículo 149 de la Ley de Amparo impone a las autoridades responsables la obligación de justificar sus procedimientos, y no basta que la autoridad ejecutora trate de demostrar esa justificación, pues el dicho de ésta no deja de ser mera apreciación, que no puede ser justificativa de un acto que no emana de ella; por lo que, en todo caso, debe también la autoridad ordenadora, justificar sus procedimientos.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 761/39. Ricardo Ruiz y coagraviados. 4 de octubre de 1939. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Agustín Gómez Campos. La publicación no menciona el nombre del ponente.