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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 329691
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXII; Pág. 344
REMATES, AMPARO CONTRA LOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXII; Pág. 344
Si en una ejecutoria se concede el amparo contra los actos consistentes en haber otorgado la posesión definitiva de unos bienes al rematante, por la consideración de que la entrega de esos mismos bienes es prematura, en virtud de no haberse otorgado todavía la escritura de adjudicación respectiva; pero posteriormente cambia la situación jurídica a que se refiere esa ejecutoria, porque tiene lugar el otorgamiento de la escritura mencionada, y por lo demás, existe otra diversa sentencia de amparo, en la cual se ordena la entrega de los bienes al adjudicatario, es de estimarse que, en virtud del cambio jurídico que sufrieron los bienes, la primera ejecutoria queda sin materia, y por lo mismo, no puede tomarse como base para alterar situaciones jurídicas posteriores a las que se refiere, esto es, para nulificar la escritura de adjudicación y desposeer al adjudicatario de los bienes rematados.
Precedentes
Queja en materia administrativa 339/38. González Garza Manuel. 6 de octubre de 1939. Unanimidad de cinco votos. Relator: José María Truchuelo.