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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 329696
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXII; Pág. 387
INQUILINATO EN TAMAULIPAS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXII; Pág. 387
El artículo 19 de la Ley Inquilinaria del Estado de Tamaulipas establece que los subarrendamientos se regirán con las disposiciones de esa ley, en todo lo que corresponda; por lo que la aplicación de este precepto sólo será violatoria de garantías cuando a los subarriendos se apliquen las disposiciones de la ley, consideradas como contrarias a la Constitución.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 2380/38. González Gustavo B. y coagraviados. 7 de octubre de 1939. Unanimidad de cinco votos. Relator: Fernando López Cárdenas.