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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 329730
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXII; Pág. 800
EMPRESAS DE CONCESION FEDERAL, IMPUESTOS A LAS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXII; Pág. 800
Las autoridades locales no tienen competencia para gravar las operaciones de venta que realizan empresas de jurisdicción federal, como consecuencia inmediata de la explotación industrial que llevan a cabo, pues con ello no hacen sino gravar la industria misma, por los ingresos que en ella se obtienen y al hacerlo, invaden la esfera de acción de las autoridades federales, pues es facultad exclusiva de éstas, la imposición de gravámenes a tales industrias.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 8580/38. Compañía de Inversiones "Aztlán", S. A., y otras empresas. 16 de octubre de 1939. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.