Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/329751
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 329751
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXII; Pág. 1272
REMATE, SUSPENSION CONTRA LA ORDEN DE NULIFICACION DEL.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXII; Pág. 1272
Debe concederse la suspensión contra la orden de nulificación de un remate, por llenarse los requisitos del artículo 124 de la Ley de Amparo, pues si bien es verdad que al quedar sin efecto el remate, volverán las cosas al estado anterior, indemnizando al adquirente de las sumas invertidas, también es verdad que el hecho de quedar sin efecto la operación, ocasionará al mismo adquirente perjuicios de difícil reparación, pues para conseguir la indemnización, tendrá que hacer gestiones que implicarán gastos, además de que en el caso de que hubiera realizado una buena operación, ésta quedará sin efecto.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 6091/39. Sánchez de Villa Esther. 25 de octubre de 1939. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Rodolfo Asiáin. La publicación no menciona el nombre del ponente.