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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 329754
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXII; Pág. 1378
SOCIEDADES COOPERATIVAS, PERSONALIDAD DE LAS, EN EL AMPARO.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXII; Pág. 1378
Si las autoridades responsables, bajo su responsabilidad, han reconocido personalidad a una sociedad cooperativa, tanto para otorgarle derechos, como para imponerle obligaciones, tal circunstancia es bastante para que en el amparo no pueda desconocérsele esa personalidad, sin prejuzgar sobre la existencia legal de la sociedad, pues es aplicable al caso, lo dispuesto por el artículo 13 de la Ley de Amparo.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 2048/37. Sociedad Cooperativa de Transportes del Servicio Urbano de Jalapa y Anexas. 26 de octubre de 1939. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Rodolfo Asiáin. La publicación no menciona el nombre del ponente.