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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 329767
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXII; Pág. 1527
VENDEDORES AMBULANTES, SUSPENSION CONTRA LA DETERMINACION QUE LES IMPIDE VENDER.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXII; Pág. 1527
Debe negarse la suspensión que se pida contra las medidas que tienden a impedir a los vendedores ambulantes, traficar en el primer cuadro de la Ciudad de México, porque esto tiende a facilitar el tránsito, máxime en aquellos lugares en que éste es intenso y constante, sin que valga en contrario que aleguen que han pagado el impuesto correspondiente, o que el Departamento Central carece de facultades para dictar la orden, pues esto es materia del fondo del amparo.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 3279/39. Candelas C. Pedro y coagraviados. 28 de octubre de 1939. Unanimidad de cinco votos. Relator: Fernando López Cárdenas.